Dotación económica
Mínimo 800 € brutos mensuales, a lo que se añade la correspondiente cotización a la Seguridad Social.
Consulta las características generales, requisitos, beneficios, formación académica y procedimiento de solicitud.
Mínimo 800 € brutos mensuales, a lo que se añade la correspondiente cotización a la Seguridad Social.
La duración del programa es de seis o doce meses, con un período de descanso proporcional en cada caso.
Jornada completa, según horario de la empresa.
30 ECTS de formación académica impartida por la Universidad Autónoma de Madrid, que se suman a 30 ECTS de prácticas curriculares.
Expedido por la Universidad Autónoma de Madrid.
Certificación de la empresa receptora. Los alumnos quedarán cubiertos por un Seguro de Accidentes y otro de Asistencia Médica.
Condiciones indicadas para poder participar en el programa.
Formación académica de postgrado vinculada al desarrollo profesional.
El Programa incluye también la posibilidad de realizar Planes Especiales de Formación, como modalidades alternativas al régimen general, y que pueden ser de dos clases: Planes de Formación Académica Especializada y Planes de Formación Integral Especializada. En el primero de los casos, las diferencias con el régimen general afectan exclusivamente al plano académico. En el segundo caso, en cambio, la orientación especializada abarca tanto la formación académica como la formación práctica. En cada convocatoria se podrán ofrecer plazas incluidas en los Planes Especiales programados para ella.
Los titulados interesados en participar en el Programa deberán cumplimentar el formulario de solicitud, disponible en:
www.talentoteca.esLa solicitud puede ser cursada durante todo el año.
La Fundación Universidad-Empresa preseleccionará los candidatos que más se ajusten al perfil demandado por la empresa, siendo ésta la encargada de la selección definitiva.
La concesión de la beca podrá ser anulada en los siguientes casos:
En el caso de renuncia voluntaria de la plaza por parte del becario, éste deberá comunicarlo, por escrito, a la Dirección del Programa, a la Empresa receptora y a la Fundación Universidad-Empresa, con una antelación mínima de 15 días.
La renuncia o anulación de la plaza dará lugar a la pérdida de la beca y de todos los derechos inherentes a la misma.
El Comité de Dirección es la instancia que debe resolver los casos de incumplimiento y anulación, así como cualquier otra incidencia que pudiera plantearse en el desarrollo del Programa.